Un día antes de lo previsto por fin esta ya disponible la versión 2.0 de Firefox en español.!!!!!
Descargalo en Idioma y S.O que quieras
Como mejoras ante la versión anterior, cabe destacar sobre todo la gran mejora en la gestión de la memoria y además:
* Actualización del Tema Visual
* Protección anti-phising incorporada
* Mejorado el sistema de busqueda
* Mejorado el sistema de pestañas
* Posibilidad de restaurar una sesión de pestañas
* Previsualización y suscripción de feeds
* Comprobación de ortografía incorporado
* Mejorado la gestión e instalación de complementos y extensiones
* JavaScript 1.7
* Ampliado el formato de los motores de busqueda
* Almacenamientos de las sesiones
* Soporte para SVG
* Nuevo instalador de Windows
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Con motivo del lanzamiento de la versión 2.0 de Firefox, se han organizado fiestas, el próximo día 27-10-06, por todo el mundo, en las que miles de usuarios se juntarán para celebrarlo juntos.
En España, hay fiestas de momento programadas en Madrid, Barcelona y Bilbao
Si os pillan cerca……………
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Explorer 7 debuta con fallo de seguridad
Nada más ser presentado en sociedad, Explorer 7 ya ha mostrado su primer fallo grave de seguridad (que comparte -por cierto- con su antecesor, Explorer 6).
El fallo permite a un sitio web malicioso acceder a las propiedades de otro sitio en un dominio cualquiera en el contexto del navegador de la víctima, lo que permite -por ejemplo- robar las cookies o contraseñas del usuario para ese otro sitio…
Lee el resto del articulo en Kriptopolis
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FALLAMOS: Que, estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de Don Eduardo Serrano Muñoz contra la sentencia dictada en fecha veintiocho de junio de 2005 por el Juzgado de Primera Instancia número Catorce de los de Málaga en sus autos civiles 1362/2004, debemos revocar y revocamos dicha resolución absolutoria condenando a la demandada a la devolución al demandante del importe reclamado, es decir, la cantidad de diecinueve céntimos de euro a la que se aplicará el correspondiente interés procesal. Todo ello sin hacer especial atribución de las costas causadas en una y otra instancia, y desestimando la petición subsidiaria de plantear cuestión de inconstitucionalidad respecto del artículo 25.1 de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996.
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